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Revista Abogados de Familia / Nº91
Consulta las últimas novedades jurisprudenciales

  • 06/05/2018

El nuevo número de la revista Abogados de Familia viene cargado de jurisprudencia novedosa. Aquí tienes un avance:

  • Si el padre no puede atender sus propias necesidades, no puede otorgarse la custodia compartida.

  • La nueva descendencia del padre, no justifica la custodia compartida.

  • La atribución de uso del artículo 96 Cc no comprende el usufructo.

  • Se extingue la pensión de la hija que dejó voluntariamente el trabajo que tenía en un hotel.

  •  No se extingue la pensión compensatoria cuando la esposa está en fase de conocer a una persona, pero no se acredita una relación consolidada.

  • Pensión compensatoria cuando el marido duplica los ingresos de la esposa. Se limita a cinco años aunque el matrimonio duró 30.

  • Se tiene en cuenta el tiempo que el marido estuvo en paro y trabajó para la casa, para calcular la indemnización del artículo 1.438 Cc.

  • Hijos bajo custodia compartida que cumplen mayoría de edad y se trasladan a vivir con el otro progenitor: éste está legitimado para interponer modificación de medidas y solicitar pensión a cargo del otro.

  • Conversaciones de whatsapp con hijos menores: no se admiten como prueba.

  • En la Sentencia de divorcio no se pueden acordar medidas de administración de los bienes gananciales.

  • Cálculo del proindiviso de la vivienda comprada antes del matrimonio con préstamo hipotecario: solo ha de tenerse en cuenta la parte de cuota del préstamo que corresponda al capital.

  • Si un cónyuge continúo en la vivienda ganancial una vez extinguido el uso, no puede el otro solicitar un derecho de crédito en el activo por el importe de una hipotética renta.

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